SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2018-S2

Fecha: 14-May-2018

III.1.  Con relación a la acción de amparo constitucional y la abstracción del principio de subsidiariedad frente a medidas de hecho

La acción de amparo constitucional instituida en el orden constitucional como un mecanismo de defensa extraordinario que tiene por objeto la protección inmediata de los actos u omisiones ilegales o indebidos cometidos por los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, cuyo ámbito de protección se encuentra delimitado en los arts. 128 y 129 de la CPE, siendo la mencionada garantía jurisdiccional procedente siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo, conforme prevé el art. 54 del Código Procesal Constitucional (CPCo); sin embargo, con el fin de conceder una tutela efectiva la reiterada doctrina constitucional, estableció que se puede hacer abstracción del principio de subsidiariedad que rige esta acción tutelar, cuando se advierta la existencia de un daño irremediable e irreparable o un daño inminente al derecho invocado, por tratarse de medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o personas particulares.