SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2018-S1

Fecha: 21-May-2018

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

En respuesta al informe de la parte demandada, indicaron que como consta en el Acta 088/2017 de 4 de octubre, acudieron a la Asamblea Extraordinaria para que se reconsidere la aplicación de multas y se proceda a la reinstalación de energía eléctrica, pero en esa oportunidad se dispuso que se mantenga la referida sanción. De esta manera, se agotó esa vía de reclamo, observándose el principio de subsidiariedad. Por otra parte, es evidente que todos los comerciantes debían trabajar en igualdad de condiciones, gozando del servicio de luz eléctrica, lo que no ocurre con ellos, además, el corte de ese servicio afecta a su negocio, presentándose un lucro cesante. Aclaran que el Tribunal Disciplinario no actúa, y de acuerdo al Estatuto Orgánico de ACRONAL BLOQUE “C” es la instancia que debería analizar la aplicación de sanciones, pero todo parte de la Directiva que no tiene atribuciones para ello.