Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2018-s1
Fecha: 28-May-2018
II.4.
II.4. Por Auto de Vista 80-17 de 23 de febrero de 2017, Samuel Saucedo Iriarte y Teresa Lourdes Ardaya Pérez, Vocal y ex Vocal, respectivamente, de la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, ahora codemandados confirmaron totalmente el Auto apelado (fs. 1998 a 1999).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la petición, petitorio o petitum es entendido como el núcleo mismo de la pretensión, es aquello que en justicia se busca satisfacer,
- La importancia del petitorio
- III.2.
- III.3. Otras Consideraciones
- CONFIRMAR