Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2018-S3
Fecha: 01-Jun-2018
II.2.
II.2. Por medio de Adenda al Contrato de Prestación de Servicios Personal Eventual A-01-0082-17 de 24 de febrero de 2017, suscrita por Jhonny Oscar Cordero Nuñez, Director Nacional a.i. del INRA y Jorge Antonio Urbina Condori, impetrante de tutela se amplió la duración del contrato principal del 1 hasta el 31 de marzo de 2017 (fs. 51).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La inamovilidad laboral con relación a contratos de plazo fijo
- contratos a plazo fijo
- II. La inamovilidad laboral no se aplicará en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales o en contratos de obra
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR