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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2018-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2018-S3

    Fecha: 01-Jun-2018

    II.7.

    II.7.    Por Nota de 13 de julio de 2017, dirigida a Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, el peticionante de tutela informó el desconocimiento de su derecho a la inamovilidad laboral por parte de su empleador (INRA), solicitando que en virtud al DS 0496 de 1 de mayo de 2010, disponga su reincorporación a su fuente laboral (fs. 57).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • improcedente
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La inamovilidad laboral con relación a contratos de plazo fijo
    • contratos a plazo fijo
    • II. La inamovilidad laboral no se aplicará en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales o en contratos de obra
    • Fragmento 15
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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