SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2018-S3
Fecha: 12-Jun-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso, a la defensa, al juez natural, al acceso a la justicia y a la congruencia, sosteniendo que una vez homologado en primera instancia el Acuerdo de Desvinculación Matrimonial de 31 de agosto de 2016, en grado de apelación las autoridades demandadas -ante la presentación como nueva prueba de un acuerdo transaccional que señala la existencia de bienes gananciales-, efectuaron una interpretación errónea e indebida del art. 383.I inc. c) del CF, ya que en ninguno de sus incisos permite valorar o revalorar la prueba instrumental, revocando el fallo apelado mediante Auto de Vista SFNA-027/2017 de 12 de mayo, respecto a los bienes gananciales, disponiendo su esclarecimiento, pese a que los mismos se encuentran delimitados y consolidados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Para que la jurisdicción constitucional analice la actividad interpretativa realizada por los tribunales de justicia, los accionantes deben hacer una sucinta pero precisa relación de vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa-argumentativa desarrollada por la autoridad judicial. Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional, sin que ello involucre que la instancia constitucional asuma un rol casacional, impugnaticio o supletorio de la actividad de los jueces
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR