Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0301/2018-S4
Fecha: 27-Jun-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que las autoridades demandadas lesionaron sus derechos al trabajo, al ejercicio de la función pública, a una remuneración justa y al debido proceso en cuanto al debido procedimiento, porque a través de la Resolución ADM–SP.TA 116/2017, dejaron sin efecto su designación como Secretario de Sala Plena del Tribunal Agroambiental, sin fundamentos legales y valederos, puesto que no observaron las reglas del debido procedimiento administrativo al que tiene derecho, pues el acto administrativo de su nombramiento adquirió firmeza con su notificación; por ende, no podía haber sido revocado en instancia administrativa sino solo en la vía judicial.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR