Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2018-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2018-S3

    Fecha: 14-Jun-2018

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
    • Fragmento 10
    • cuando una autoridad deba resolver una solicitud en la que se involucre el derecho a la libertad, debe tramitar la misma, sin demora ni dilación alguna
    • El Tribunal de Apelación resolverá, sin más trámite y en audiencia dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones, sin recurso ulteriorʼ
    • no puede estar sujeto a dilaciones indebidas que tendieren a demorar la pronta definición de la situación jurídica del imputado, debiendo en consecuencia, tramitarse dentro de los plazos establecidos por la norma adjetiva penal
    • el tribunal de apelación deben resolver en setenta y dos horas; lo contrario significaría dilación indebida que vulnera el derecho a la libertad y en su caso a la vida
    • el tribunal de alzada, sin más trámite, resuelva la apelación en audiencia dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones; es decir, que el mencionado recurso de apelación
    • debe ser resuelto en el plazo de tres días, debido a que este recurso se constituye en el medio más idóneo, eficaz e inmediato de defensa con el que cuentan las partes para reclamar supuestas lesiones a sus derechos
    • Fragmento 17
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • 2°

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca