SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2018-S3

Fecha: 14-Jun-2018

debe ser resuelto en el plazo de tres días, debido a que este recurso se constituye en el medio más idóneo, eficaz e inmediato de defensa con el que cuentan las partes para reclamar supuestas lesiones a sus derechos

           Conforme a la norma procesal y la jurisprudencia citada, el recurso de apelación incidental de modificación a medidas cautelares, debe ser resuelto en el plazo de tres días, debido a que este recurso se constituye en el medio más idóneo, eficaz e inmediato de defensa con el que cuentan las partes para reclamar supuestas lesiones a sus derechos, para que el Tribunal ad quem corrija los errores del inferior denunciados en el recurso” (las negrillas nos pertenecen).