SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0347/2018-S1
Fecha: 23-Jul-2018
3)
3) Respecto al error esencial en el que habría incurrido el INRA a tiempo de emitir el Título Ejecutorial, al considerar como propietaria a quien no lo era, toda vez que se trataba de una propiedad agraria que le pertenecía a la ahora demandante, acreditado documentalmente, habiendo la beneficiaria usurpado la calidad de propietaria del predio saneado ilegalmente, vinculado ello a una Sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal; se tiene que, revisada la carpeta de saneamiento, cursa informe de conclusiones de 7 de septiembre de 2009, fotocopia de recibo de publicación de aviso de socialización, informe de cierre, Resolución Suprema 02194 de 7 de diciembre de 2009, sin que exista oposición alguna durante la tramitación del proceso de saneamiento, contrariamente se evidencia la participación de la ahora demandada en relación a la parcela 097;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III.1. El debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.2. Valoración de la prueba
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- 8)
- 9)
- 10)
- III.4. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte
- 3° Exhortar