SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0371/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0371/2018-S2

Fecha: 24-Jul-2018

III.2.2.   Respecto a la denuncia de vulneración del derecho de petición

Por otra parte, sobre las solicitudes de fotocopias legalizadas del acta de escrutinio y recuento final de las elecciones, informe final de las elecciones y la resolución de inhabilitación, realizadas a través de nota de 8 de enero del 2018 (Conclusión II.7), y su reiteración de 10 de enero del mismo año, solicitudes que no obtuvieron respuesta alguna, y siguiendo la línea jurisprudencial glosada en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, ante la existencia de una solicitud por escrito ante el Comité Electoral, y la ausencia de respuesta material en tiempo razonable -desde la solicitud hasta interposición de la presente acción, data de más de diez días -, y la inexistencia de medios de impugnación expresos; se evidencia la omisión de respuesta que vulnera el derecho a la petición alegado, por parte de los hoy demandados; consiguientemente corresponde conceder la tutela solicitada respecto a este derecho.