SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0385/2018-S2
Fecha: 25-Jul-2018
II.4.
II.4. Cursa Resolución de Medidas de Protección de 21 de marzo de 2018, del caso signado con el número 203/2018, emitida por el Fiscal de Materia, Álvaro Infante de la Torre, donde se evidencia que: i) Se dispuso cinco prohibiciones al peticionante de tutela, como medidas de protección para la víctima; ii) El cese del arresto del solicitante de tutela; iii) La programación de su declaración informativa policial para el 3 de abril del mismo año, a horas 16:30; iv) La remisión de las medidas de protección ante el juez de control jurisdiccional; y, v) En caso de incumplimiento a las medidas de protección, se procedería de forma inmediata con el arresto o la aprehensión (fs. 30). Asimismo, cursa notificación al accionante con la referida Resolución de 21 de marzo de 2018, a horas 13:00 (fs. 30 vta).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- PROCEDENTE
- I.2.2. Informe de la parte demandada
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- III.1. La acción de libertad innovativa
- únicamente pueden ser presentados hasta antes del señalamiento de día y hora de la audiencia pública
- b) De orden sustantivo.
- género
- Fragmento 18
- la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer
- III.
- h)
- los alcances del derecho al acceso a la justicia y las obligaciones que los Estados deben asumir frente a personas con discapacidad
- personas con discapacidad deben disfrutar de un verdadero acceso a la justicia y ser beneficiarios de un debido proceso legal en condiciones de igualdad con quienes no afrontan esas desventajas
- actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia hacia la mujer
- que los Estados Partes tendrán especialmente en cuenta, la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer, en razón, entre otras, por ser discapacitada o estar en situación socioeconómica desfavorable
- el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer
- justiciabilidad
- tomen medidas apropiadas para crear un entorno de apoyo que aliente a las mujeres a reclamar sus derechos
- ARTÍCULO 2. (OBJETO Y FINALIDAD).
- 11. Informalidad.
- III.4. Sobre la facultad de la Policía Boliviana para la aprehensión y el arresto
- Artículo 225°.- (Arresto
- III.5. Análisis del caso en concreto
- Fragmento 34
- ,
- i)