SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0385/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0385/2018-S2

Fecha: 25-Jul-2018

que los Estados Partes tendrán especialmente en cuenta, la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer, en razón, entre otras, por ser discapacitada o estar en situación socioeconómica desfavorable

En tal sentido, es necesario hacer mención a las obligaciones establecidas por la Convención de Belém do Pará, que dota de contenido a la responsabilidad estatal de aplicar políticas de prevención, sanción y eliminación de la violencia hacia la mujer con perspectiva de género. Así, el art. 9 de dicha Convención establece, que los Estados Partes tendrán especialmente en cuenta, la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer, en razón, entre otras, por ser discapacitada o estar en situación socioeconómica desfavorable[11].