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    Sentencia Constitucional Plurinacional 0029/2018 de 1 de agosto
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    Sentencia Constitucional Plurinacional 0029/2018 de 1 de agosto

    Fecha: 01-Ago-2018

    Partes:

    Partes:                El conflicto de competencia jurisdiccionales suscitado entre Jiliri Mallku del Ayllu Segundo Jujcho de la Marka Qaqachaca del Suyo Jakisa de Pampa Aullagas de la provincia Ladislao Cabrera y el Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Challapata, ambos del departamento de Oruro.

    • Partes:
    • IMPROCEDENTE
    • 1º
    • I.
    • I.1.    Primer conflicto de competencias suscitado ante este Tribunal Constitucional Plurinacional
    • AC 0126/2017-CA de 24 de mayo, por el cual rechazó el conflicto de competencias presentado
    • I.2.    Segundo conflicto de competencias suscitado ante este Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.  Necesaria explicación de la diferencia entre voto disidente y aclaración de voto
    • a)
    • el inicio del conflicto de competencias negativo, está dado por el momento en el cual, la autoridad jurisdiccional a la cual, por declinatoria de competencia se le reenvía el conocimiento de una causa, no se allane al conocimiento de la misma. Por otro lado, el momento procesal para el inicio de un conflicto de competencias positivo, será aquel en el cual, la autoridad jurisdiccional que está conociendo una causa, rechaza una inhibitoria de un segundo juez que se considera competente para el conocimiento de la misma
    • III. CONCLUSIÓN

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