Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2018-S2
Fecha: 27-Ago-2018
II.3.
II.3. La actora formuló incidente de actividad procesal defectuosa, solicitando notificación personal con la Sentencia 26/2013, que fue declarado improbado, por la Resolución 01/2017 de 12 de enero, contra la que interpuso recurso de apelación incidental; instancia en la cual, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a través del Auto de Vista 169/2017 de 10 de agosto, confirmó la Resolución apelada. Determinaciones judiciales, que son impugnadas mediante la presente acción constitucional (fs. 9 a 15; 18 a 20; 21 a 29 vta.; 30 a 32).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ya no podrá pronunciarse nuevamente o juzgar dos veces sobre lo ya decidido y resuelto en un fallo constitucional, ni revisar la determinación adoptada en una sentencia con valor de cosa juzgada constitucional
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR