SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0441/2018-S2
Fecha: 27-Ago-2018
i)
María Francisca Rivero Guzmán, Fiscal de Materia, en audiencia manifestó: i) De acuerdo a procedimiento se presentó la imputación formal y se puso a conocimiento de la Jueza demandada; quien fijó la audiencia dentro de plazo legal; en la cual, el abogado de la defensa denunció aprehensión ilegal; ii) Se solicitó detención preventiva, dada cuenta que existían los riesgos procesales, al no tener domicilio, trabajo ni familiares, pues vivían tanto el peticionante de tutela como el otro imputado en el hotel “Apaza”, cancelando diariamente su hospedaje; no se vulneró ningún derecho; y, iii) El denunciante Maximiliano Mancilla Ramírez se encuentra prófugo y se evidencia en los videos colectados, que éste y los serenos, son autores y partícipes del hecho penal.
Corresponde establecer en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela impetrada; al efecto se analizarán los siguientes temas: i) La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad frente a actos supuestamente ilegales cometidos por el Ministerio Público y/o funcionarios de la Policía Boliviana; ii) Respecto al plazo para señalamiento de audiencia de aplicación de medidas cautelares; iii) Sobre el principio de celeridad; y, iv) Análisis de caso concreto.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- Fragmento 10
- 2.
- 4.
- 5.
- primer supuesto de las subreglas anotadas por la SCP 0482/2013
- En síntesis, es posible la presentación directa de la acción de libertad, en el primer supuesto señalado en la SCP 0482/2013, cuando: 1) La supuesta lesión o amenaza del derecho a la libertad física o personal no esté vinculada a un delito
- III.2. Respecto al plazo para señalamiento de audiencia de aplicación de medidas cautelares
- celeridad
- III.4.
- III.4.1. Con referencia a los demandados particulares María Luz Ríos y
- III.4.2. Con relación a la
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- eficaces y oportunos
- Si antes de existir imputación formal