SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0480/2018-S2
Fecha: 29-Ago-2018
denegó
El Juez de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de Potosí, constituido en Juez de garantías, por Resolución 08/2018 de 29 de mayo, cursante de fs. 66 vta. a 70 vta., denegó la tutela solicitada en virtud a los siguientes fundamentos: a) No es posible ingresar al fondo de la problemática planteada, toda vez que el accionante pretende por intermedio de esta acción tutelar, que se revise la atipicidad del delito imputado, lo cual debe ser considerado en otra instancia; b) En el presente caso, el debido proceso se encuentra cumplido; se señaló audiencia, se han cumplido los actos procesales, es decir, se aplicó el procedimiento; c) Respecto a la falta de fundamentación denunciada, si bien es evidente que no es del agrado de la parte imputada; del análisis de la misma, se advierte que existen los elementos mínimos en la fundamentación respecto a los elementos constitutivos del delito. Por otro lado, el hoy impetrante de tutela podía hacer uso de los medios establecidos en el art. 314.I del CPP; y, d) El demandante de tutela tiene otros medios a su disposición, es así que puede solicitar la cesación de la detención preventiva, en ese entendido debió acudir ante la jurisdicción ordinaria previamente a la activación de la justicia constitucional; la acción de libertad no es supletoria de otros medios o recursos ordinarios que las partes tenían a su disposición.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza del Tribunal de apelación en materia penal y la congruencia como límite al ejercicio de sus facultades
- respecto a la congruencia de las resoluciones de segunda instancia, la SC 0682/2004-R de 6 de mayo, señala que el pronunciamiento debe guardar correspondencia con los agravios de la apelación y la contestación de alzada
- [2]
- [3]
- [4]
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- sino el riesgo emergente de los antecedentes personales del imputado por haberse probado con anterioridad que cometió un delito, lo que genera una probabilidad adicional de delinquir
- el peligro efectivo, encuentra justificación en la necesidad de imponer medidas de seguridad
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- decisión sin motivación
- el peligro efectivo encuentra justificación en la necesidad de imponer medidas de seguridad a las personas que hubieran sido encontradas culpables de un delito anteriormente;
- Fragmento 24
- REVOCAR en parte
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)