Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0480/2018-S2
Fecha: 29-Ago-2018
II.3.
II.3. Mediante Auto de Vista 42/2018 de 18 de abril, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declararon parcialmente procedente el recurso de apelación interpuesto por el imputado, disponiendo la inconcurrencia únicamente del peligro de fuga previsto por el art. 234.4 del CPP y la concurrencia de los demás riesgos procesales precisados por la Jueza inferior (fs. 57 vta. a 62).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza del Tribunal de apelación en materia penal y la congruencia como límite al ejercicio de sus facultades
- respecto a la congruencia de las resoluciones de segunda instancia, la SC 0682/2004-R de 6 de mayo, señala que el pronunciamiento debe guardar correspondencia con los agravios de la apelación y la contestación de alzada
- [2]
- [3]
- [4]
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- sino el riesgo emergente de los antecedentes personales del imputado por haberse probado con anterioridad que cometió un delito, lo que genera una probabilidad adicional de delinquir
- el peligro efectivo, encuentra justificación en la necesidad de imponer medidas de seguridad
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- decisión sin motivación
- el peligro efectivo encuentra justificación en la necesidad de imponer medidas de seguridad a las personas que hubieran sido encontradas culpables de un delito anteriormente;
- Fragmento 24
- REVOCAR en parte
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)