SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0677/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0677/2018-S3

Fecha: 27-Ago-2018

a)

Yanet Noemy Paniagua Villa, Jueza del Tribunal de Sentencia Penal Séptima del departamento de Santa Cruz, en audiencia señaló que: a) El abogado del solicitante de tutela, pretendió de forma impertinente que se atienda su caso mientras los miembros del Tribunal de Sentencia -ahora codemandados- se encontraban en audiencia de juicio; y, b) Efectivamente no se dio curso a la petición del impetrante de tutela; empero, se debía a que el poder no correspondía, agregó que el defensor del accionante no contó los hechos acaecidos de conformidad con la verdad, resultando falso y -evidenciable a través de la filmación de las cámaras- que no se presentó junto al garante desde horas 8:00.

Gabriela Suarez Vaca, Secretaria del Tribunal de Sentencia Penal Séptimo del departamento de Santa Cruz, en audiencia arguyó que: a) La observación al garante del accionante, la realizaron los Jueces codemandados, limitándose su participación a pasar la documentación pertinente a dichas autoridades para ser tomadas en cuenta; b) El abogado del solicitante de tutela, se presentó el mismo día de la audiencia de consideración de su acción tutelar, en el momento en el que el expediente de su caso estaba siendo trasladado ante el Tribunal de garantías; y, pretendió que se tome juramento del garante Sergio Justiniano Sánchez; c) Era falso que el abogado o el garante se hubieran apersonado anteriormente para materializar el juramento; d) El impetrante de tutela presentó varias acciones de libertad, demandándola en todas sin que hubiera causado lesión alguna, pues como señaló se limitó a pasar la documentación a los Jueces codemandados; asimismo, indicó que el abogado del peticionante de tutela le enviaba fotografías a su teléfono invitándola a salir hasta que bloqueó la comunicación; y, e) “…el señor ha ido recién a las 17:50 (…) y no como argumenta a las 15:00…” (sic).