Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0677/2018-S3
Fecha: 27-Ago-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de violación, fue beneficiado con medidas sustitutivas dispuestas el 29 de enero de 2018, mediante Auto 19/18; ratificado por las autoridades judiciales ahora demandadas -quienes resolviendo el Recurso de Apelación y emitieron el Auto de Vista de 20 de abril del citado año-; sin embargo, hasta el momento de presentación de su acción tutelar, no se materializaron las medidas sustitutivas; no obstante que cumplió con todo lo ordenado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- corresponde al juzgado o tribunal que inicialmente conoció la acción
- no consideró que los agravios que señala actualmente son subsistentes de los planteados en la acción de libertad que interpuso contra Johnny Machicado Apaza Juez Onceavo de Instrucción en lo Penal, que éstos ya fueron resueltos por el Tribunal de garantías mediante Resolución 40/2014 de 9 de julio
- CONFIRMAR