Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0830/2018-S3
Fecha: 14-Ago-2018
Fragmento 14
Revisado el Auto de Vista de 17 de abril de 2018, expedido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, se advierte que, el mismo concluye que los documentos presentados por el accionante, tales como facturas de luz y agua según los cuales se acreditaría la existencia de un bien inmueble a nombre de Marcial Sandoval Loayza y Aurora Vargas de Sandoval, quienes además, habrían certificado que, Marcelo Valencia Sandoval habitaba dicho inmueble desde su nacimiento; sin embargo, no se habría acreditado la relación de parentesco con el impetrante de tutela y la “…habitabilidad y habitualidad del bien inmueble…” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.2. Sobre la obligación del juzgador de fundamentar y motivar las resoluciones judiciales que dispongan, modifiquen o mantengan una medida cautelar
- III.3. Sobre el Tribunal de alzada que conoce la apelación incidental
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Sobre la demora en la apelación incidental
- Fragmento 14
- III.4.2. Sobre la obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar las resoluciones que dispongan, modifiquen o mantengan una medida cautelar
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER en parte