SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0502/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0502/2018-S1

Fecha: 12-Sep-2018

i)

i)     El recurrente -ahora accionante- en su recurso de casación señaló que el Tribunal de alzada habría convalidado los agravios sufridos en la Sentencia 12/2104, al haber omitido la consideración de los alegatos de su defensa técnica expuesta durante el juicio, omitiendo fundamentar por qué resultaron irrelevantes, al respecto las entonces Magistradas hoy codemandadas sostuvieron que el recurrente -es decir el impetrante de tutela- apeló la Sentencia manifestando que este fallo incurrió en la causal del art. 370 inc. 5) del CPP, por cuanto se vulneró el derecho a la defensa y al debido proceso, al no pronunciarse sobre los argumentos y fundamentos efectuados por su defensa técnica y material y por qué estas alegaciones resultaron insuficientes, aspecto sobre el cual refirieron que si bien el Tribunal de alzada hizo alusión al contenido del Considerando V, lo realizó a efectos de hacer notar la mención de las pruebas que no influyen porque las acusaciones son sólidas, por lo que la prueba del acusado no tendría trascendencia, advirtiéndose que el Tribunal de alzada no sólo se limitó a reafirmar los adjetivos de ineficaz e intrascendente, que cuestiona precisamente el apelante cuyo fundamento extraña del a quo, al contrario el señalado Tribunal  superior partiendo precisamente de lo señalado en fragmentos de la Sentencia, asumió que la actuación del Tribunal de primera instancia se ajustó a derecho, habiendo procedido a su análisis y control del fallo impugnado sobre el agravio formulado y así otorgar la respuesta que discierna las razones de la determinación inicialmente apelada, resultando en consecuencia que no se acreditó la contradicción aducida con los precedentes invocados, por lo que el presente motivo es infundado.