SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2018-S2

Fecha: 14-Sep-2018

III.1. Inamovilidad laboral de mujer embarazada

En mérito a lo dispuesto por los arts. 48.VI de la Norma Suprema y 2 del DS 0012, los progenitores independientemente de su estado civil, gozarán de inamovilidad laboral desde la gestación hasta que su hijo o hija cumpla un año de edad “no pudiendo ser despedidos, afectarse su nivel salarial ni su ubicación en su puesto de trabajo”. Asimismo, esta disposición legal reglamenta las condiciones de inamovilidad laboral de la madre y padre progenitores; empero, el citado DS advierte una salvedad en su art. 5.II: “La inamovilidad laboral no se aplicará en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales o en contratos de obra; salvo las relaciones laborales en las que bajo estas u otras modalidades se intente eludir el alcance de esta norma…”. En tal contexto, el art. 15.I de la CPE, establece que: “Toda persona tiene derecho a la vida…”; a su vez, en su art. 16.I señala: “Toda persona tiene derecho (…) a la alimentación”, de manera que, en caso de mujeres trabajadoras embarazadas, se aplica lo establecido por el art. 60 de la misma Norma Suprema, el cual refiere que: “Es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados, y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado”.

Por su parte, el art. 13 del Código, Niño, Niña y Adolescente (CNNA), ordena que: “Todo niño, niña y adolescente tiene derecho a la vida y a la salud. El Estado tiene la obligación de garantizar y proteger estos derechos, implementando políticas sociales, que aseguren condiciones dignas para su gestación, nacimiento y desarrollo integral”.