SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0514/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0514/2018-S4

Fecha: 12-Sep-2018

f)   La obligación de permanecer en su propio domicilio,

           Finalmente, la Disposición Transitoria Sexta del CNNA, en su parágrafo II, establece que los procesos contra personas adolescentes tramitados con el Código de Procedimiento Penal, se sujetarán a lo establecido por la norma citada, salvo lo previsto en relación a las ‘medidas cautelares y el régimen de medidas socio-educativas’, que se sujetarán a lo establecido en dicho Cogido (CNNA), consecuentemente, el criterio de legalidad formal se encuentra plenamente acredito; empero, debe tenerse presente que dicho criterio no se agota con la sola enunciación de la norma, sino con la exteriorización de los motivos que justifican la decisión razonable de aplicar dicha medida, criterio que será profundizado en el punto relativo a las garantías del debido proceso.