SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2018-S1

Fecha: 17-Sep-2018

III.4. Otras consideraciones

De acuerdo a la revisión de los datos de la presente acción tutelar, corresponde señalar que el 29 de mayo de 2018, fue emita la Resolución, que resolvió esta acción de libertad, por el Juzgado Público Civil, Comercial y de Sentencia Penal Primero de Ivirgarzama del departamento de Cochabamba; en ese entendido, su remisión a este Tribunal Constitucional Plurinacional recién se efectuó el 4 de junio de igual año, conforme se tiene a partir de la guía de despacho 2015443, cursante a fs. 156 de obrados, esto es en forma posterior al plazo establecido en el art. 38 del Código Procesal Constitucional (CPCo), el cual dispone que: “La resolución y antecedentes de la Acción de Defensa se elevará de oficio, en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional en el plazo de veinticuatro horas siguientes a la emisión de la resolución”; por consiguiente se advierte inobservancia a la norma procedimental en cuanto a la remisión oportuna de esta acción de defensa al Tribunal Constitucional Plurinacional; en consecuencia, se llama la atención al Juez de garantías, para que en futuras acciones tutelares que sean de su conocimiento, observe los plazos que rigen a este mecanismo de defensa.