SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2018-S2

Fecha: 14-Sep-2018

Respecto al primero punto

Respecto al primero punto, es evidente que las servidoras judiciales demandadas conocieron la causa penal como emergencia de su remisión del Juzgado de origen -Juzgado de Instrucción Penal Séptimo- al Juzgado de turno -Juzgado de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Cuarto-, por el fin de semana -sábado y domingo- para la consideración y resolución de las medidas cautelares; al respecto, se deduce que concluida la referida actuación procesal y transcurrido el fin de semana, correspondía la devolución de la causa al Juzgado de origen. Respecto a este procedimiento, en el Fundamento Jurídico III.2 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional se establecen criterios vinculantes, respecto a la inexcusable obligación de celebrar la audiencia de medidas cautelares aun en días y horas extraordinarias por el juez de la causa, que serán analizados posteriormente de acuerdo al caso concreto.