SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2018-S4
Fecha: 17-Sep-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante, a través de su representante legal, sostiene que las autoridades demandadas lesionaron el debido proceso en su elemento de congruencia de las resoluciones judiciales (congruencia interna y congruencia externa), dado que establecieron como supuestos agravios expresados en el recurso de apelación del Auto 118 de 5 de junio de 2015, la incorrecta apreciación del instituto jurídico de la prescripción prevista en los arts. 1479 y 1507 del CC y la infracción del art. 149 y ss. del Código de Procedimiento Civil abrogado (CPC abrg.), cuando los mismos no fueron expresados por los apelantes; así como, tampoco valoraron el único agravio que fue expuesto y anotado correctamente en el fallo ahora impugnado, referido a la falta de fundamentación y congruencia del que adolecía la Resolución apelada.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2.
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La congruencia de las resoluciones judiciales como elemento estructurante del debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- a)
- 1)
- CONFUNDIENDO TOTALMENTE LA PRESCRIPCIÓN DEL DERECHO, CON LA SUPUESTA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN, SITUACIÓN QUE NO HA SIDO DEMANDADA
- CONFIRMAR