Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0593/2018-S2
Fecha: 28-Sep-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, denuncian la vulneración del principio de seguridad jurídica y el derecho a la participación consagrado en el art. 26 de la CPE, en razón a que los Directivos de la FDTEULP, convocaron a un Congreso en el que nombraran delegados para asistir al Congreso Nacional de la CTEUB, cuando dicho nombramiento debió emerger de unos comicios conforme al art. 2 del Reglamento Electoral.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la necesaria invocación del derecho considerado lesionado en las vías y mecanismos ordinarios
- III.3. Respecto al Estatuto de la Federación Departamental de Trabajadores de Educación Urbana de La Paz y sobre el Reglamento Electoral
- III.4. Análisis del caso concreto
- el agotamiento previo o la constatación de la inexistencia de otras vías o recursos legales para la protección inmediata de los derechos denunciados como conculcados;
- CONFIRMAR