SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2019-S3

Fecha: 15-Ene-2019

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Consiguientemente, de la determinación dictaminada por la Jueza demandada, no se advierte que tenga un respaldo legal para asumirse, por cuanto la declaratoria de rebeldía no se adecua a los presupuestos que establece dicho precepto legal, incurriendo en una actuación al margen y fuera del marco normativo que regula dicho instituto procesal.

Por otro lado, la norma Adjetiva Penal, establece ciertos mecanismos con alcance de controlar disciplinariamente a las partes en el proceso, a ser ejercidos por las autoridades jurisdiccionales, conforme al art. 339 del CPP precisa: “…El juez o el presidente del tribunal en ejercicio de su poder ordenador y disciplinario podrá: