AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2019-O
Fecha: 02-Oct-2019
II.1.
II.1. Por SCP 0329/2018-S2 de 9 de julio, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Marco Estenssoro Cisneros contra Zenón Edmundo Rodríguez Zeballos y Sigfrido Soleto Gualoa, Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, Carlos Martín Camacho Chávez, Juez de Instrucción Penal Tercero de la Capital del mismo departamento, se revocó en parte la Resolución 02 de 30 de enero de 2018, pronunciada por la Jueza Pública de Familia Octava de la Capital del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia, se concedió la tutela solicitada respecto del derecho al debido proceso en sus componentes de congruencia y derecho a la defensa; disponiendo dejar sin efecto el Auto de Vista 101 de 6 de junio de 2017, emitido por los Vocales demandados y la emisión de una nueva resolución, reparando las vulneraciones en las que incurrió el Juez de primera instancia, por falta de señalamiento de audiencia y pronunciamiento exhaustivo y completo, sobre todos los defectos denunciados en el incidente de nulidad de la imputación formal; y, se denegó la tutela impetrada en cuanto al derecho al doble juzgamiento, con los siguientes fundamentos:
- queja por sobrecumplimiento
- a)
- I.3. Respuesta a la queja
- 1)
- i)
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- b)
- c)
- d)
- II.2.
- 2)
- 3)
- 4)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- imponer multas progresivas
- III.2. El derecho a la eficacia del cumplimiento o ejecución de las resoluciones constitucionales en la medida de lo determinado, atendiendo la naturaleza jurídica, ámbito de protección u objeto procesal del recurso o acción de defensa
- la medida de lo determinado
- en la medida de lo determinado
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- III.3. El procedimiento de queja por incumplimiento total o parcial, sobrecumplimiento, cumplimiento diferente o distorsionado o tardío en la ejecución de una resolución constitucional: Su aplicación a las acciones de defensa
- ii)
- iii)
- iv)
- III.4. Análisis del caso concreto
- SCP 0329/2018-S2
- CONFIRMAR
- Fragmento 29
- MAGISTRADO