AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2019-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2019-O

Fecha: 15-Oct-2019

Juan Cutipa Villca

Por otro lado, con relación a la denuncia de Juan Cutipa Villca -Secretario General de la comunidad Yaurichambi- respecto a la ilegalidad de la Resolución 01/2019, y los cuestionamientos al debido proceso, este Tribunal advierte que dichas denuncias no guardan relación con lo determinado por la SCP 0054/2017, por lo que la referida resolución constitucional es emergente del control competencial, en efecto lo que determinó o resolvió fue la autoridad o instancia jurisdiccional competente, que en este caso resultan ser las autoridades de la comunidad de Yaurichambi, y no así cuestiones vinculadas a los derechos y garantías constitucionales de las partes del proceso principal, tal como sucede en las acciones defensa; por lo que la solicitud de anulación de la citada Resolución emitida por algunas autoridades, con aparentes irregularidades, no corresponden ser atendidas por este Tribunal, mediante la queja por incumplimiento; toda vez que, no resulta ser el medio idóneo para examinar cuestiones vinculadas a la lesión de  derechos y garantías constitucionales.

Por consiguiente, las posibles ilegalidades en las que se hubiera incurrido con la emisión de la Resolución 01/2019, y la consecuente lesión a derechos y garantías constituciones vinculados al debido proceso, conforme denuncia Juan Cutipa Villca -Secretario General de Yaurichambi- en ejercicio de la JIOC, dichas cuestiones corresponden ser conocidas y resueltas por las mismas autoridades e instancias propias de la comunidad Yaurichambi. Asimismo, las partes que se sientan agraviadas con la indicada Resolución, deben acudir a la justicia constitucional a través de las acciones de defensa que consideren pertinentes al caso.