SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2019-S2

Fecha: 12-Oct-2019

a)

El accionante a través de su abogado en audiencia ratificó los términos de la demanda tutelar presentada y ampliándola refirió que: a) A partir de agosto de 2018, el imputado contrató los servicios de otro abogado defensor que señaló un nuevo domicilio procesal, el cual debió registrarse en el “sistema IANUS o NUREJ”; razón por la que, la notificación con el señalamiento de audiencia de la apelación incidental debió efectuarse en esta dirección; b) El Tribunal de apelación no tiene facultad para ordenar la detención preventiva del ahora impetrante de tutela, más aún cuando correspondía suspender la misma ante la incomparecencia del sindicado; y, c) De no haberse interpuesto la presente garantía constitucional, se hubiera consumado la detención del encausado, al haberse librado el mandamiento de detención preventiva.