SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2019-S2

Fecha: 12-Oct-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal instaurado en su contra por la presunta comisión del delito de violación, el 30 de julio de 2018, solicitó la modificación de la medida sustitutiva de fianza de carácter personal por económica, la cual fue declarada procedente mediante Auto Interlocutorio 599/2018 de 30 de julio, fallo que fue recurrido en apelación incidental por la supuesta víctima, radicando la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro el 21 de septiembre de igual año; por lo que, dicho Tribunal fijó audiencia para el 27 del mes y año señalado, providencia con la que se notificó al imputado el 25 del citado mes y año, en el domicilio procesal de su anterior abogado defensor, a pesar que mediante memorial de “31” de agosto de 2018, hizo conocer su nuevo domicilio procesal que fue admitido por el Juez cautelar mediante decreto de igual fecha.

Por consiguiente, refiere que no tuvo la oportunidad de conocer el citado recurso de apelación ni el señalamiento de audiencia, lesionándose sus derechos a la defensa y al debido proceso; toda vez que, a pesar de su incomparecencia a la audiencia programada, las autoridades demandadas dispusieron su prosecución, cuando correspondía su suspensión o se le designe un abogado defensor de oficio, actos ilegales que devinieron en el arbitrario Auto de Vista 123/2018 de 27 de septiembre, por el que, se dispuso revocar la Resolución impugnada y mantener firme la presentación de garantes, ordenando se expida mandamiento de detención preventiva, sin otorgarle un plazo para el cumplimiento de la señalada medida sustitutiva.