Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2019-S3
Fecha: 02-Oct-2019
II.2.
II.2. Consta providencia de 7 de junio de 2019, que dispuso la remisión de antecedentes del recurso de apelación a la Sala Penal de turno, del recurso de apelación incidental, interpuesto por el peticionante de tutela, contra el Auto Interlocutorio de 4 de junio del mismo año, a través del cual, se declaró la detención preventiva en su contra (fs. 2).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.
- acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- una demora injustificada e irrazonable en la tramitación del proceso penal constituye desconocimiento de la garantía del debido proceso
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR