Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0661/2019-S3
Fecha: 02-Oct-2019
II.3.
II.3. Cursa diligencia de notificación de 15 de idéntico mes y año, con el memorial antes descrito, a Andrea Rubín de Celis Segurondo, refiriendo “…se puede evidenciar la inexistencia del n[ú]mero del Domicilio señalado en la Notificación Nº 157, razón por la cual no se pudo dar cumplimiento a la presente notificación" (sic [fs.6]).
- acción de libertad
- …SE TIENE PRESENTE Y EN CONOCIMIENTO DE LA FISCALÍA Y LA IMPUTADA…
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III.
- III.1. Obligación del tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR