Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0716/2019-S3
Fecha: 09-Oct-2019
II.3.
II.3. Mediante nota de 25 de julio de 2018, Simeón Zeballos Garrón, Médico del Hospital Obrero 1, informó al Cirujano del Servicio de Emergencias del señalado nosocomio, que la impetrante de tutela fue atendida de emergencia por trombosis venosa profunda del miembro inferior izquierdo e insuficiencia venosa crónica, pero que la misma rechazó su internación (fs. 8).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- La jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales
- la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, constituye una garantía de la observancia del principio de celeridad en los trámites judiciales y administrativos vinculados a los derechos a la vida, la libertad física y de locomoción
- III.3.
- Toda persona que considere que su vida está en peligro
- CONFIRMAR