Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0759/2019-S3
Fecha: 17-Oct-2019
III.
El accionante alega como vulnerados sus derechos a la vida y a la seguridad, debido a que la autoridad demandada incurrió en procesamiento indebido al disponer su cambio de la sección del “PC-4” donde se encontraba al “PC-1”, sin que exista resolución sancionatoria ejecutoriada, aspecto que se torna en procesamiento indebido e ilegal que pone en peligro su vida por falta de medidas de seguridad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.5.
- III.
- la acción de libertad también se activa en los casos en que exista un real peligro para éste
- que considere que su vida está en peligro
- ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción
- III.2. La sanción disciplinaria y su ejecución en los centros penitenciarios
- no puede ser ejecutada en tanto no haya sido resuelto el recurso de apelación a que tiene derecho el interno ante el Juez de Ejecución Penal;
- III.3. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR