SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0845/2019-S4
Fecha: 02-Oct-2019
II.4.
II.4. La Sala Disciplinaria del Concejo de la Magistratura del Órgano Judicial, el 6 de noviembre de 2017, emitió la Resolución SD-AP 506/2017, por la que rechazó el recurso de apelación interpuesto por la ahora accionante, afirmando que ésta se limitó a realizar una serie de conjeturas sin expresar de forma clara y concreta cual era el agravio o los agravios que le produce la Resolución de primera instancia, pues de forma general señaló que la Sentencia apelada carece de fundamentación analítica, jurídica y descriptiva; toda vez que, no se ha realizado un análisis de cuáles son los elementos de prueba para otorgarle valor a cada uno de ellos, a objeto de demostrar la supuesta falta disciplinaria; otro argumento utilizado se refiere a que la accionante se apoyó en prueba que no fue ofrecida en el periodo investigativo, consistente en fotocopias del libro diario, del señalamiento de audiencias, así como un certificado extendido por la Jefatura de RR.HH del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, con la finalidad de eximirse de la responsabilidad, pero ello no puede suplir la negligencia en la que incurrió en la tramitación del proceso disciplinario y recién adjuntar dicha prueba a tiempo de interponer su apelación (fs. 192 a 194)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- conceder la tutela;
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 11
- III.1. El derecho a la defensa como parte del debido proceso
- derecho a ser oído
- i)
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.3. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- 1) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; 2) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, 3) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO