Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2019-S4
Fecha: 09-Oct-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Encontrándose con detención preventiva en el Recinto Penitenciario Morros Blancos de Tarija desde el 17 de abril de 2019, por la presunta comisión del delito de robo agravado, habiendo reparado el daño y al no constatarse antecedentes previos en su contra se sometió a la suspensión condicional del proceso, siendo beneficiada con su libertad por Walter Chumacero, Juez de Instrucción Penal Primero del mismo departamento, en audiencia de 26 de junio de 2019; empero, las autoridades ahora demandadas, pese a haber sido notificados legalmente con su Mandamiento de Libertad 04/2019 de 26 del citado mes, se negaron a cumplir el mismo.
- acción ¡de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el propósito de la acción de libertad innovativa, radica, fundamentalmente, en que todo acto contrario al régimen constitucional que implique desconocimiento o comprometa la eficacia de los derechos tutelados por esta garantía jurisdiccional, debe ser repudiado por la justicia constitucional.
- tomar las debidas previsiones para evitar que alguien pueda ser puesto en libertad teniendo otros mandamientos pendientes o que el mandamiento de libertad pueda contener alguna falsedad material o ideológica
- el Director del establecimiento penitenciario es el responsable del manejo y funcionamiento del mismo, por encontrarse a su cargo; constituyéndose en una de sus atribuciones mantener actualizado el registro penitenciario
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte