Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2019-S4
Fecha: 09-Oct-2019
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Celebrada la audiencia pública el 28 de junio de 2019, conforme al acta cursante de fs. 19 a 21 vta.; Presentes Ylsen Adriana Cossio Paez, Asesora Legal de la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario, y Melina Carmen Pinto Calle, Directora del Recinto Penitenciario Morros Blancos pabellón mujeres, ambas del departamento de Tarija, así como el representante del Ministerio Público, ausente la parte accionante y presentes las autoridades demandadas.
- acción ¡de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el propósito de la acción de libertad innovativa, radica, fundamentalmente, en que todo acto contrario al régimen constitucional que implique desconocimiento o comprometa la eficacia de los derechos tutelados por esta garantía jurisdiccional, debe ser repudiado por la justicia constitucional.
- tomar las debidas previsiones para evitar que alguien pueda ser puesto en libertad teniendo otros mandamientos pendientes o que el mandamiento de libertad pueda contener alguna falsedad material o ideológica
- el Director del establecimiento penitenciario es el responsable del manejo y funcionamiento del mismo, por encontrarse a su cargo; constituyéndose en una de sus atribuciones mantener actualizado el registro penitenciario
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte