Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0973/2019-S1
Fecha: 04-Oct-2019
II.7.
II.7. Cursa Acta de 11 de marzo de 2019; por lo que, se evidencia que el Notario de Fe Pública 95 del departamento de La Paz, efectúa la entrega de la Carta Notariada suscrita por el Gerente General de la empresa “TOTES Ltda.” dirigida al Administrador Regional La Paz de la CNS, colocando a conocimiento que por la vulneración de derechos hacia sus trabajadores que prestan servicio de limpieza en el Hospital de Especialidades Oncológico, se comunica la necesidad de dejar de prestar servicios adquiridos, reservándose el inicio de acciones legales pertinentes (fs. 95 a 96).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Su autoridad como administrador Regional La Paz a.i. instruyó verbalmente que se realice la limpieza general del HODE ONCOLÓGICO, ya que la inauguración estaba programada en fecha 14 de Enero de 2019…
- I.1.2. Derecho y principio supuestamente vulnerado
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- sin embargo, esta jurisprudencia no debe ser entendida en sentido que la justicia constitucional, a través de la acción de amparo constitucional, pueda sustituir a la vía contenciosa administrativa, pues de ser así, se desnaturalizarían las características de ambas vías
- sin que aparentemente existan motivos
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR