SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0973/2019-S1
Fecha: 04-Oct-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante denunció la lesión de su derecho a la remuneración justa y al principio de “seguridad jurídica”; toda vez que, las autoridades demandadas aceptaron su propuesta para la prestación de servicios de limpieza, mantenimiento y jardinería en el Hospital de Especialidades Oncológico dependiente de la CNS, razón por la cual iniciaron el servicio durante un mes y veinte días, sin que se consolidará el contrato; motivo por el cual el Administrador del nosocomio de manera verbal le comunicó que al no existir contrato firmado no se tendría relación contractual alguna, de modo que el servicio debía suspenderse; ante ello, por reiteradas veces solicitó el pago por los servicios prestados adjuntando las respectivas facturas; empero a través de una carta notariada le negaron el pago de la deuda, sosteniendo que al no existir un contrato firmado no correspondía disponer dicha cancelación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Su autoridad como administrador Regional La Paz a.i. instruyó verbalmente que se realice la limpieza general del HODE ONCOLÓGICO, ya que la inauguración estaba programada en fecha 14 de Enero de 2019…
- I.1.2. Derecho y principio supuestamente vulnerado
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- sin embargo, esta jurisprudencia no debe ser entendida en sentido que la justicia constitucional, a través de la acción de amparo constitucional, pueda sustituir a la vía contenciosa administrativa, pues de ser así, se desnaturalizarían las características de ambas vías
- sin que aparentemente existan motivos
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR