Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0974/2019-S1
Fecha: 04-Oct-2019
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 59/2019 de 8 de mayo, cursante de fs. 32 a 34, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Bernabé Chura Paco, Presidente de la Junta Vecinal Cala Caja “Cristo Salvador” contra Juan Salazar Delgado, Secretario Municipal de Gestión Territorial del Gobierno Autónomo Municipal (GAM) de Oruro.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Presupuestos requeridos y el contenido esencial del derecho de petición para su tutela a través de la
- el derecho de petición se encuentra satisfecho no únicamente por una respuesta emitida por la autoridad, sino una vez que dicha autoridad haya resuelto o proporcionado una solución material y sustantiva al problema planteado en la petición, sin que se limite a una consecuencia meramente formal y procedimental
- se encuentra la obligación por parte de las autoridades y servidores públicos de comunicar al peticionante la respuesta a la petición.
- ésta tiene la obligación de responder formal y oportunamente sobre su incompetencia, señalando, en su caso, a la autoridad ante quien debe dirigirse el peticionario;
- 1)
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR