SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0974/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0974/2019-S1

Fecha: 04-Oct-2019

Fragmento 12

           En cuanto al tema, la SCP 0826/2018-S1 de 5 de diciembre, haciendo referencia a la SCP 1807/2013 de 21 de octubre, la cual contiene una sistematización de la SCP 1249/2013 de 1 de agosto y la SC 0119/2011-R de 21 de febrero, manifestó con relación al derecho de petición lo siguiente: «“Este derecho se encuentra mucho más desarrollado en el art. 24 de la actual Constitución Política del Estado (CPE), cuando sostiene que: 'Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta. Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario’”.