SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0985/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0985/2019-S2

Fecha: 21-Oct-2019

a)

Carmen Soledad Chapetón Tancara, Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, a través de su representante legal, en audiencia, sostuvo que: a) El Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, dio pleno cumplimiento a las Conminatorias que emitió el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, pues en el art. 1 de las mismas, se dispone que el referido ente municipal reincorpore de forma inmediata a los trabajadores en el mismo puesto que ocupaban al momento de su retiro; al respecto, los hoy accionantes ocupaban un puesto de trabajo en virtud a un Contrato a plazo fijo, mismo que a su vez es emergente de un programa de política pública municipal; b) Sin embargo, son los ahora demandantes los que no dan cumplimiento a las Conminatorias, ya que no quieren firmar sus Contratos, porque pretenden que los mismos sean retroactivos; es decir, que se les elabore contratos con fechas anteriores; c) Por otro lado, en las referidas Conminatorias no se establece cómo es que se dispone la reincorporación en contratos a plazo fijo, modalidad de contratación que por su naturaleza corresponde a partidas presupuestarias específicas; asimismo, en el caso de autos no hubo despido injustificado, sino cumplimiento de los referidos Contratos; en ese sentido, se tiene que las referidas determinaciones carecen de la debida fundamentación y motivación; y,                              d) Finalmente, solicita se deniegue la tutela.        

En consecuencia, corresponde en revisión dilucidar si los hechos expuestos por los accionantes son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela impetrada; para tal efecto, se analizarán los siguientes temas: a) Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación y el estándar jurisprudencial más alto; y, b) Análisis del caso concreto.