SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0985/2019-S2
Fecha: 21-Oct-2019
Fragmento 18
del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 87/2019 de 12 de junio, cursante de fs. 409 a 411 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del departamento de La Paz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, con relación a la reincorporación inmediata de los accionantes Iván Ovidio Calle Guarachi y Víctor Vidal Mamani Tancara a su fuente laboral y el pago de sueldos devengados y derechos sociales que la ley establece a los impetrantes de tutela, desde el día de su desvinculación laboral, conforme a los términos expuestos por la referida Sala Constitucional y los fundamentos jurídicos desarrollados en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- Iván Ovidio Calle Guarachi
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II
- III.1. Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación
- también se pronunció sobre los sueldos devengados y otros beneficios sociales establecidos por ley, por entender que forman parte de la reparación que debe brindar la justicia constitucional ante la lesión a los derechos fundamentales
- las
- por una parte
- Por otra parte
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- 2)
- 3)
- protección de las
- al emitirse una resolución que conmine la reincorporación, ello no debe significar que de manera inmediata, la jurisdicción constitucional, haga cumplir la misma tal cual se refirió, como si fuera una instancia más, que ordene la automática reincorporación del trabajador a su fuente laboral, en su caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la revisión de los procesos puestos en su conocimiento, debe hacer una valoración integral de todos los datos del proceso, los hechos y los supuestos derechos vulnerados, y después de ello, haciendo prevalecer la “verdad material” sobre la verdad formal