SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2019-S3

Fecha: 14-Nov-2019

denegó

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, mediante Resolución 018/2019-AAC de 19 de septiembre, cursante de fs. 73 a 76 vta., denegó la tutela solicitada; recomendando a las autoridades demandadas, brindar la seguridad y trato digno dentro del marco de la cordialidad, como docentes de la institución, tomando en cuenta su experiencia y profesionalidad, en base a los siguientes fundamentos: a) Los demandados, sólo en forma verbal manifestaron que iban a rebajar la carga horaria y no existe ningún documento que refleje esa situación, tal cual expresaron las mismas; es decir, no ocurrió ese hecho como tampoco les disminuyeron sus sueldos, aspecto corroborado por los impetrantes de tutela, mediante memorial de “fs. 1”, cuando manifestaron: “Ahora bien d un tiempo a esta parte se nos ha estado mencionando solo verbalmente que nuestra situación laboral cambiara, en esa eventualidad y en defensa de ese nuestro derecho al trabajo, a la estabilidad y continuidad nos dirigimos ante su autoridad, para hacer la siguiente solicitud…”, (sic); b) Como se puede ver, no existe materia justiciable, ni un instrumento para establecer si se vulneraron o no los derechos de los accionantes, “…No existe petición sobre la rebaja de la carga horaria ni de sueldos” (sic); y, c) Sobre el hostigamiento y malos tratos por parte de los docentes demandados no se demostró, al contrario profirieron buen trato a los accionantes, puesto que estos siguen trabajando con la misma carga horaria y percibiendo el mismo sueldo; por lo que, no existe vulneración a sus derechos.