SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2019-S3

Fecha: 14-Nov-2019

i)

Germán Gómez Pinto, Director Académico de dicho Instituto, expresó: i) En ningún momento se les hizo reducción de carga horaria; “el cite” que ellos mencionan, solamente es un tema administrativo que lo hacen con todos los docentes a momento de revisar sus files con relación al cambio de materias o malla curricular que se hace cada cinco años en las instituciones de estas características, proceso que es conocido como presectoriales y sectoriales; en el cual, se analiza que algunas materias ya no son útiles en la formación profesional; entonces, todos los docentes presentan sus documentos para ser validados y dicten la materia específica; y, ii) No se les entregó memorándum alguno con reducción de carga horaria, tampoco se vulneró ningún derecho; incluso el “cite” emanado de la Dirección Académica, no quisieron recibir y no se tomaron represalias porque estaban en su derecho, solamente se hizo la reasignación de materias al cambio de la nueva malla curricular que demandó del Ministerio de Educación; pese a eso, no se les redujo la carga horaria, siguen gozando de las setenta y dos horas y de los bonos correspondientes, tampoco se afectó económicamente, menos laboralmente.