SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2019-S3
Fecha: 15-Nov-2019
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 4 de julio de 2019, cursante de fs. 371 a 383 vta., pronunciada por el Juez Público Mixto de Familia y de la Niñez y Adolescencia Primero de Villa Tunari del departamento de Cochabamba; y en consecuencia, CONCEDER la tutela impetrada, en los mismos términos que el Juez de garantías dispuso y en base a los fundamentos jurídicos precedentemente desarrollados, con la aclaración de que la vía correspondiente para la reparación de daños y perjuicios materiales ocasionados, es ante el Juez de garantías, al tenor del art. 39.I del Código Procesal Constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- no queremos derramar sangre, te pedimos que desalojes, abandones con todos tus pertenencias con todos tus miembros, portero, jardinero, lideres, ancianos, etc., si no te vas por las buenas la OTB TE VA HA SACAR POR LA FUERZA NO VEZ HAY COMO 50 PERSONAS QUE ESTAN AFUERA PARA RECIBIR MIS INSTRUCCIONES
- NO TENGO NINGUN TITULO DE PROPIEDAD TAMPOCO TENGO LA ORDEN JUDICIAL O REQUERIMIENTO FISCAL SOLO ESTOY HACIENDO CUMPLIR LA DESICIÓN QUE HAN TOMADO MIS AFILIADOS EN UNA MAGNA ASAMBLEA
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.3.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.19.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en cuanto a la protección inmediata de los derechos tanto de propiedad y conexos a este último el derecho a la posesión y al trabajo, estos últimos que inclusive y según el caso a presentarse son derechos de protección reforzada
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 28
- CONFIRMAR