SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0945/2019-S4
Fecha: 15-Nov-2019
Fragmento 16
Respecto a la primera problemática identificada en esta acción tutelar, referida a que la Jueza codemandada no hubiese valorado debidamente el elemento trabajo, constitutivo del riesgo de fuga previsto en el art. 234.1 del CPP, de la revisión de las Conclusiones a las que se arribó en el presente fallo constitucional, se tiene que la decisión que asumió la citada autoridad, a través del Auto Interlocutorio de 8 de junio de 2019, fue objeto de revisión por medio del recurso de apelación interpuesto tanto por el hoy accionante como por el Ministerio Público; el mismo que fue resuelto por los Vocales codemandados, mediante el Auto de Vista 211/2019 (Conclusión II.2.); en consecuencia, corresponde que este Tribunal únicamente verifique si la última decisión dictada en la jurisdicción ordinaria, como efecto del agotamiento de los medios recursivos idóneos y efectivos, vulneró los derechos alegados por el impetrante de tutela, sin que pueda emitirse pronunciamiento directo sobre el Auto apelado, al no ser de su competencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- I.2.4. Intervención del tercero interviniente
- I.3.Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III.1. La acción de libertad y los alcances de la revisión de la valoración probatoria en la consideración de aplicación de medidas cautelares
- Fragmento 14
- III.2. Procedencia de la detención preventiva: Requisitos de validez
- Fragmento 16
- segunda problemática
- Auto de Vista 211/2019
- denegar
- CONFIRMAR